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08-12-1957

La indivisión de las comunidades indígenas y el progreso de la provincia de Cautín

Señor presidente, señores (…)
Deseo agradecer, primeramente la oportunidad que se me brinda de exponer ante ustedes algunas ideas sobre lo que significa para la provincia de Cautín el estado en que se encuentran las tierras de indígenas.
Esta es una cuestión grave que merece la atención de todos los círculos y, de nuestros gobernantes, las adecuadas soluciones.
La indivisión de las tierras de indios provoca un estado de desorden entre ellos mismos y es atraso en la agricultura en una extensión muy grande de los campos más feraces. También la economía general se reciente porque se le restan importantes capitales.
Dándole solución al problema de la tierra se resuelve también otro sumamente importante y que es el relacionado con la nacionalidad misma. Se lograría que la masa indígena se incorporará de lleno a ella, se civilizara y llegará a ser más (…) a la Patria.
Las fuerzas vivas de la provincia debieran tomar a su cargo este asunto e iniciar una intensa campaña para pedirle al Supremo Gobierno la racional y (…) solución. Espero que el (…) auditorio que me escucha (…) un medio eficaz para lograrlo.
La comisión radicadora de indígenas desde el año 1894 hasta 1929 dio 3.078 títulos de merced para 77.841 personas por (…) hectáreas, en una zona que se extiende por el norte desde Cañete, Mulchen y Angol hasta Llanquihue por el sur.
De estos totales le corresponden a la provincia de Cautín (…) reducciones para 56.938 personas por una cabida de (…) hectáreas, o sea el (…) de las reducciones y el (…) de la superficie.
Hasta mediados del año 1950 se habían dividido por los jugados de indios de Temuco y Pitrufquen, 586 se reducciones con una cabida de 71.670 hectáreas, [3.492] hijuelas que se han incorporado al régimen de la (…) común. Existen, entonces, por dividir en la actualidad en la provincia de Cautín 1.510 comunidades, aproximadamente 145.442 hectáreas, o sea el 25% de la superficie útil agrícola de la provincia que ha sido calculada en 1.510.000 hectáreas.
Los suelos indígenas divididos o indivisos son, como se ha dicho, 317.112 hectáreas en la provincia. Estimados a un precio de $40.000 la hectárea, una (…) o entra, lo que está por debajo del valor real, representan doce mil seiscientos ochenta y cuatro millones cuatrocientos ochenta mil ($12.884.480.000), de ellos los indígenas no pagan contribuciones. Por Decreto con Fuerza de Ley de marzo de 1933 se liberó también del pago de impuestos a las reducciones divididas. Por este cálculo de impuestos el Estado [deja] de percibir anualmente la enorme cantidad de (…) aproximadamente.
En conformidad a las disposiciones de la Ley de División de Comunidades Indígenas en actual vigencia, se crearon cinco Juzgados de Indios los que funcionaban en las ciudades de Victoria, Temuco, Imperial, Pitrufquen y Valdivia. A poco de su instalación fueron suprimidos los de Imperial y Valdivia y (…) alrededor de cuatro años (…) de Victoria. Estos Juzgados (…) con un juez letrado (…) secretario abogado, personal administrativo idóneo y cinco topógrafos que eran los encargados de hacer las mediciones y entrega material de las hijuelas originadas en las divisiones y realizan otras operaciones de carácter técnico.
Poco antes de 1950 se iniciaron en el Ministerio de Tierras y Colonización, estudios para ir a la modificación de la Ley para resolver el problema y durante dicho lapso se suspendió la división, que es su principal finalidad y los Juzgados se limitaron a fallar juicios sobre liquidación de créditos, a atender una que otra autorización para enajenar y a resolver provisoriamente los asuntos de tierras que se presentan en [esta] clase de campos indivisos. Los estudios no dieron resultado práctico alguno y luego se abandonaron; sin embargo se ha continuado hasta ahora sin aplicar integralmente la ley.
Quiero resaltar el hecho grave de que las autoridades administrativas suspendan la aplicación de una ley de la República.
En el año 1952 fue designado Ministro de Tierras y Colonización el conocido dirigente indígena don Venancio Coñuepan. Una de sus primeras medidas fue la de suprimir el Juzgado de Victoria, cuyo movimiento y dotación pasaron al de Temuco. El juez se alejó del servicio y el personal de agrimensores distribuido en las Oficinas de Tierras. Después fue creada la Dirección de Asuntos Indígenas por DFL N° 56 de 16 de mayo de 1953 y designado director el señor Coñuepan.
Antes de entrar a analizar el Decreto que creó esta Dirección de Asuntos Indígenas, sus atribuciones y finalidades y lo que ha realizado hasta ahora, examinaré lo hecho para resolver las cuestiones de tierras de indios. Desde luego han continuado paralizadas las divisiones y la entrega material de hijuelas en particiones totalmente afinadas. Siendo la ley actual imperfecta, como lo aseveran y propagan los indígenas del sector que dirige el señor Coñuepan, no se sabe que se haya elaborado un proyecto para mejorarla, para salvar los vacíos que dicen tiene. En cambio, para impedir que se realicen divisiones se han tomado medidas bien efectivas; como ser la supresión en 1953 de los 15 topógrafos que servían en los 3 Juzgados de Indios; la destitución a otras reparticiones del personal administrativo idóneo que era especializado en la confección de las sentencias y su remplazo por empleados o inspectores de indios, de raza indígena, adictos a la indivisión y que han llevado sus querella políticas y societarias con los otros sectores que la desean al seno mismo del Tribunal.
Es necesario dejar establecido que hay una fuerte corriente indígena que desea y pide la división.
Las 586 comunidades divididas que representan 71.670 hectáreas en 8.492 hijuelas, han demostrado en la práctica que la ley actual es buena y operante. Sus resultados han sido efectivos porque los indígenas si aptitudes para la agricultura, los que tocaron parcelas pequeñas, las enajenaron a otros con mayores condiciones y sin duda su desenvolvimiento fuera de la reducción ha sido favorable ya que no vemos entre ellos miseria sino por el contrario los vemos actuando con éxito en los más amplios y variados sectores.
La indivisión en un problema para la provincia de cautín y no para los indígenas que viven en comunidades. La provincia sufre directamente porque enormes porciones de las mejores tierras no son cultivadas como es debido no se cierran sus deslindes y no se estimula el espíritu de superación entre ellos, en esta forma de convivencia.
No hay superpoblación, generalmente, en las reducciones. Se han quedado en ellas los capaces; y los que saben que legalmente les tocará pequeñas cantidades, trabajan y viven en otras actividades y esperan la división para vender sus ínfimos predios. En cambio el ocupante que posee una extensión muy superior no desea la división por temor a abandonar lo que ha trabajado y cultivado en la forma más económica y rudimentaria, pues, no se atreve a realizar inversiones mayores porque naturalmente, no sabe donde le van a asignar sus derechos
Hay muchos comuneros que tienen la posesión material del terreno, pero viven en otro o bien se dedican a actividades distintas de las agrícolas. En este caso lo arriendan a chilenos o “Huincas” como ellos dicen.
La partición es combatidas y resistidas por quienes viven en las reducciones, poseen y cultivan mayor cantidad de suelos de los que le correspondería recibir una vez realizada esta.
Estos compatriotas nuestros, además de su incivilización han estado, desde hace muchos años, abandonados a su propia suerte. No llegan hasta ellos con la intensidad necesaria los beneficios de la educación propiamente tal, agrícola o de otra índole, el empleo de los adelantos sanitarios, la posesión de la casa práctica y limpia, la observación de leyes sociales como la del Matrimonio y Registro Civil, la artesanía en general, etc.
Esta raza hay que educarla primero; luego con la división simultánea de las comunidades irán sus componentes buscando, poco a poco, su lugar en la chilenidad; hay que abolir por este y otros medios sus tradiciones ancestrales que no tienen cabida en la civilización actual y sobre todo hay que alejarlos del alcoholismo y librarlos de las enfermedades sociales, como la sífilis, que hacen estragos entre ellos. Los indios, sin distinción de sexo y edad, en Temuco como en toda la Araucanía, dan vida prospera a innumerables negocios de bebidas alcohólicas y y bodegas de vino que están situadas a la salida de los pueblos y quien haya tenido la oportunidad de viajar a la entrada de la noche por los caminos que convergen a esta ciudad, habrán presenciado más de algún bochornoso y lamentable espectáculo provocado por la intemperancia.
Y lo más curioso es que los indígenas que figuran como los dirigentes de este u otro sector de la raza, nada han hecho para mejorar la situación moral, intelectual, económica de sus hermanos. La Corporación Araucana, una de las instituciones más antiguas y con mayor número de asociados, los ha agrupado con fines político electorales solamente.
Y sin embargo esta Corporación ha tenido y tiene en sus manos muchas eficaces herramientas, faltando varias y muy principales, desde el año 1953, en abril, fecha en que se creó por DEL. N° 56 la Dirección de Asuntos Indígenas de que es director el señor Venancio Coñuepan. Entre las disposiciones generales de este Decreto está la de tener “a su cargo la debida organización de las comunidades indígenas existentes o que se establecieran en el futuro, la constitución legal de las familias indígenas y de sus derechos patrimoniales. Asimismo, tiene la supervigilancia de la explotación económica racional de los predios agrícolas del dominio de comunidades indígenas o de las subdivididas cuyos actuales propietarios indígenas lo soliciten y para ello podrá constituir cooperativas, sociedades o asociaciones de carácter económico, sobre las cuales ejercerá las atribuciones que en cada caso se fijen. Puede apreciarse fácilmente cuantos aspectos del mejoramiento de la raza no han interesado a la Corporación Araucana. En cuanto a las finalidades precisas de su fundación es muy poco o nada lo que se ha hecho y algunos intereses de indígenas han sido perjudicados en vez de ser favorecidos con estas deposiciones que le dan tuición a este organismo fiscal.
Es una barbaridad que en estos tiempos, después de un régimen de comunidad que ha durado más de 60 años, más del tiempo que previeron los primeros legisladores, se establezcan atribuciones de supervigilancia en la explotación de los suelos, de organización, de constitución legal de las familias en las reducciones que se establezcan, o sea, que se pretende mantener latente este régimen que en cierta ocasión fue llamado el “Cinturón suicida de Cautín” y además acrecentarlo con el establecimiento de nuevas comunidades.
O sea que en vez de solucionar este régimen de excepción que rige para los indígenas y que resta tantas posibilidades a la provincia, se le aumenta por medio de un Organismo Fiscal al que se le dan atribuciones para intervenir en las comunidades que se creen más adelante. Esto debe ser encarado de frente y firmeza con el propósito de producir un beneficio de orden nacional, por medio de leyes y organismos que actúen al margen de toda clase de influencias.
Por esto, estimo que la solución debe orientarse, de acuerdo con las siguientes conclusiones, que fluye de lo que he dicho a los largo de esta exposición.
a) Supresión de la Dirección de Asuntos Indígenas, derogando las disposiciones del Decreto que le dio vida;
b) Aplicación integral de la actual ley de División de Comunidades Indígenas, con las modificaciones que se mencionarán. Restablecimiento de los Juzgados de Indios de Victoria e Imperial. Dotas a todos estos Tribunales de personal de topógrafos, de funcionarios administrativos idóneos, de instrumental técnico, de medios de locomoción, de fondos, etc. Supresión de todos los funcionarios indígenas, que no actúan en la forma imparcial y levantada que es necesaria;
c) Imponer la obligatoriedad de la división de la Comunidad, debiendo los jueces proceder de Oficio a ellas;
d) Traspasar al conocimiento de los Juzgados Ordinarios las contiendas civiles contempladas en los artículos 50 y siguientes de la actual Ley, que se refieren a la liquidación de Créditos, al igual que el conocimiento de las autorizaciones para enajenar;
e) Suprimir el trámite de consulta y aprobación por el Presidente de la República, de la sentencia de división, estableciendo en su lugar la apelación o consulta a la I. Corte de Apelaciones de Temuco;
f) Traspasar los Juzgados de Indios del Ministerio de Tierras y Colonización al de Justicia, haciéndolos depender directamente de la I. Corte de Apelaciones de Temuco;
g) Adjudicar hijuelas a los comuneros que ocupen y cultiven terrenos dentro de ellas. En caso de reducciones muy pequeñas que no permitan la adjudicación de parcelas que representen una unidad social, o sea que permitan la subsistencia de una familia, autorizar al juez para vender o permutar los terrenos de la comunidad, adjudicándoles a los comuneros sus hijuelas en los suelos permutados o comprados. Los comuneros que no vivan en el terreno recibirán sus cuotas hereditarias en dinero, garantizado con hipotecas. Dar cumplimiento integralmente al artículo 26, radicando en terrenos fiscales a los que lo merezcan, previa calificación.
Por supuesto que existen otras medidas que por la escasez de tiempo no se explayan, como asimismo no se han abordado en forma bien amplia las soluciones que he dado. Existen estudios más completos realizados por el Seminario de Investigación sobre el desarrollo de la provincia de Cautín, organizado por el Departamento de Extensión Cultural de la Universidad de Chile, en enero de 1956.
Por iguales motivos no se abordan todos los problemas de la raza indígena, como la educación, la organización legal de la familia, sus sistema habitacional, sus costumbres, la enseñanza agrícola, etc. etc.
Con lo dicho, creo haber hecho a grandes rasgos una descripción que permita apreciar en la forma como ha sido tratado este problema y su estado actual.
Espero que los señores rotarios influyan en los círculos en que ejerzan sus actividades, para que toda la opinión pública conozca y le de la importancia que tiene a este problema.

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